¿TRABAJADORES TIENEN LA OBLIGACIÓN DE VACUNARSE?

NOCIONES SOBRE EL SAGRILAFT EN COLOMBIA
31 mayo, 2021
PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR EN EL MARCO DEL COMERCIO ELECTRÓNICO
17 junio, 2021

POR GUILLERMO ESCOLAR FLÓREZ

La vacunación contra el coronavirus viene avanzando en el país. De acuerdo con el diario El Tiempo, “En la semana del 17 al 23 de mayo, se aplicaron en promedio 120.705 dosis diarias, y en la semana siguiente ya eran 217.358, para un crecimiento del 80 por ciento en el ritmo de vacunación (…)”. La semana pasada, “con los datos de lunes a viernes, el promedio subió a 283.754 dosis, lo que representa un salto del 30 porciento con respecto a la semana anterior” (1). De igual forma, según el Ministerio de Salud y Protección Social, con corte al 2 de junio de 2021, Colombia había recibido 14.240.044 dosis de vacunas contra el COVID-19 y aplicado un total de 10.382.967 (2).

La aceleración del proceso de vacunación es una noticia muy positiva. Sin embargo, a medida que se incrementa el número de vacunados, se conoce también la posición de algunos que se niegan a inocularse. Las razones que invocan son diferentes: principalmente, están quienes desconfían de las vacunas por los efectos secundarios que podrían producir a mediano y largo plazo; también se encuentran quienes aducen creencias religiosas; por supuesto, existen los negacionistas del virus; o incluso quienes alegan teorías conspirativas, como la implantación de un chip por medio de la inyección. Sea cual sea la razón, el rechazo a la vacuna ha puesto a pensar a los empleadores y hoy muchos se preguntan si pueden obligar a sus trabajadores a vacunarse. Gran inquietud esta, sobretodo con la próxima participación del sector privado en el Plan Nacional de Vacunación.

Al respecto, se han planteado diferentes teorías. Por un lado, algunos juristas argumentan que debe primar el derecho al libre desarrollo de la personalidad, indicando que los empleadores pueden apelar a modalidades como el trabajo a distancia para quienes no deseen vacunarse. Por el otro, encontramos abogados que opinan que los trabajadores deben acogerse a los planes de seguridad y salud en el trabajo, de manera que no vacunarse puede considerarse como un incumplimiento de estas obligaciones y, por tanto, una justa causal de despido (3).

Lo cierto es que en ninguna de las medidas decretadas por el Gobierno con ocasión de la pandemia se le atribuye el carácter obligatorio a la vacunación. Por el contrario, se ha insistido en que se trata de un proceso voluntario. Así se ratificó mediante la Resolución 777 de 2021 del Ministerio de Salud (R. 777), a través de la cual se definen los criterios y condiciones para el desarrollo de las actividades económicas, sociales y del Estado. En efecto, según el parágrafo del artículo 5º de dicha Resolución, “En la organización y estrategias de retorno a las actividades de manera presencial se incluirán a las personas que en el ejercicio de su autonomía decidieron no vacunarse, independientemente de su edad o condición de comorbilidad”.

En consecuencia, podemos afirmar que los empleadores no pueden obligar a sus trabajadores a vacunarse, toda vez que se trata de un procedimiento voluntario. No existe aún un fundamento normativo que permita a los patronos exigir la vacunación.

Por otra parte, mediante la R. 777 también se adopta el protocolo de bioseguridad con miras a la reactivación económica. El anexo técnico de la Resolución desarrolla en forma detallada los diferentes aspectos que debe contemplar este protocolo, tales como: medidas de autocuidado, cuidado de la salud mental, lavado e higiene de manos, distanciamiento físico, uso de tapabocas, ventilación adecuada, limpieza y desinfección, y el manejo de residuos.

Tal como lo exige la Resolución mencionada, los empleadores deben adoptar, adaptar e implementar el protocolo de bioseguridad en ella consagrado, lo cual supone su incorporación dentro de las políticas de seguridad y salud en el trabajo de las empresas. En este trámite es fundamental que exista un eficiente proceso de socialización con los trabajadores. Lo anterior, como quiera que el incumplimiento de dicho protocolo puede dar lugar a sanciones e incluso a la terminación unilateral del contrato de trabajo por justa causa.

Ahora, si uno lee con detenimiento los considerandos de la R. 777, da la impresión de que el Ministerio de Salud tuviera el propósito de establecer como obligatoria la vacunación. Esto, por cuanto explica que la vacuna tiene el objeto de reducir la morbilidad grave y la mortalidad específica, disminuir la incidencia de casos graves, proteger a la población con alta exposición al virus y reducir el contagio. Así mismo, estipula “Que teniendo en cuenta que el COVID19 es un evento endémico, de acuerdo a la evidencia científica, se logra mitigar la transmisión a través de medidas farmacológicas como la vacunación (…)”.

Las bondades de las vacunas son innegables. En contraposición, el hecho de no vacunarse aumenta el riesgo de contagio, así como las posibilidades de graves efectos negativos en la salud en caso de ser positivo para COVID-19. No vacunarse dispara las probabilidades de terminar en una UCI y de morir. Decir no a la vacuna es aumentar el porcentaje de ocupación en camas UCI, negar a pacientes con otras patologías la oportunidad de acceder a esos espacios, y poner cada vez más a los médicos frente al triage ético de escoger a quién priorizar y a quién dejar de atender. Y ni hablar de los mayores costos que esto representa para el Estado. En fin, no vacunarse profundiza la crisis de salud pública.

En todo caso, como ya se mencionó, la R. 777 se inclina por el respeto de la autonomía de las personas a decidir no vacunarse. En mi sentir, con fundamento en esos mismos considerandos, la vacunación contra el COVID-19 debería ser obligatoria. Por lo menos para quienes tengan la posibilidad de vacunarse y se encuentren en el marco de una relación de trabajo. El cumplimiento del protocolo de bioseguridad, y la vacunación, son herramientas indispensables para mitigar la propagación del virus.

2 Comments

  1. Gabriel dice:

    Creo que la obligatoriedad es un abuso y falta de respeto a los ciudadanos que se oponen. Además hemos visto como con las dos dosis sé mueren de Covid 19. Esto todo es una gran mentira de inmunidad de rebaño, ya que las vacunas no te inmunizan.

  2. ANDER dice:

    No estoy de acuerdo para nada, no hay sustento científico de la existencia del «covid», más si se conoce de la existencia de la familia de coronavirus desde hace años. Esto es un tema político y no de salud como lo quieren hacer ver, es un ataque a las libertades individuales ante una farsa que beneficia a una élite global con intereses económicos, políticos y sociales bien definidos, gente con escalas de valores muy diferentes a las del montón…

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *